JUZGADO
DE LETRAS SECCIONAL DEL TRABAJO DE SAN PEDRO SULA, CORTES
Señor Juez
Yo, .................................,
mayor de edad, casado, Abogado, inscrito en el Colegio de Abogados de
Honduras con el número ………, hondureño y del domicilio de ………………., Departamento
de …………………, en tránsito por esta ciudad, con bufete ubicado en ……………………….,
e-mail ……………….. y Celular ……………., actuando en mi condición de Apoderado Legal
de los señores y señoras: 1) …....................,
casado, profesión u oficio, de este domicilio, y dirección en …………………., con
Tarjeta de Identidad número ……………..; 2) …...................., casado, profesión
u oficio, de este domicilio, y dirección en …………………., con Tarjeta de Identidad
número ……………..; 3) …....................,
casado, profesión u oficio, de este domicilio, y dirección en …………………., con
Tarjeta de Identidad número …………….., ……..; todos mayores de edad, hondureños
carácter que acredito con el Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial
para Pleitos, que en original y fotocopia acompaño para que una vez cotejados
se me devuelva el original; con muestras de mi acostumbrado respeto comparezco promoviendo Demanda Laboral ordinaria de
primera instancia contra el INSTITUTO
HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS), a través de su Director Ejecutivo Doctor
…………………, es mayor de edad, medico, del domicilio de Tegucigalpa, M.D.C., ignoro
la dirección exacta del doctor ……………, lo cual ratifico bajo juramento, pero
afirmo que para los efectos de la citación y emplazamiento, se le puede
encontrar en las oficinas principales del Instituto Hondureño de Seguridad
Social ubicado en el Barrio Abajo, en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., para lo
cual pido se remita el respectivo exhorto con las inserciones legales
necesarias, al Juzgado de Letras del Trabajo de Francisco Morazán. Esta demanda
la promuevo para que previo los trámites del juicio laboral ordinario, sea
condenado el INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS), A RECONOCERLE A MIS
REPRESENTADOS LA ANTIGÜEDAD Y ESTABILIDAD EN EL TRABAJO Y COMO CONSECUENCIA DE
ESE RECONOCIMIENTO QUE SE LES OTORGUE LA PLAZA PERMANENTE CON JORNADA COMPLETA
EN LOS PUESTOS QUE HAN VENIDO DESEMPEÑANDO POR VARIOS AÑOS y el pago de costas del juicio. Fundamento esta demanda en los hechos, omisiones
y consideraciones legales siguientes:
LO QUE SE DEMANDA
Demando que el INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD
SOCIAL, previo a los trámites del juicio laboral ordinario sea
condenado mediante sentencia definitiva que al efecto se dicte a reconocerle a
mis representados: 1) ……………..; 2) ……………..;
3)
……………..; 4) , y ….., la antigüedad y estabilidad en el trabajo y como
consecuencia de ese reconocimiento que se les otorgue la plaza permanente con
jornada completa en los puestos que se han venido desempeñando por varios años
y el pago de costas del juicio.
HECHOS Y OMISIONES
PRIMERO:
De acuerdo con
el orden de comparecencia, mis representados iniciaron su relación de trabajo
con el INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD
SOCIAL así: 1) ………………… el … de ………………..
del año…., desempeñándose como ………….., Puesto Numero ……….., con una jornada de ………..
(a.m. o p.m.) a …. (a.m. o p.m.), devengando
actualmente L …………..; 2) ………………… el …
de ……………….. del año…., desempeñándose como ………….., Puesto Numero ……….., con una
jornada de ……….. (a.m. o p.m.) a …. (a.m.
o p.m.), devengando actualmente L …………..; 3) ………………… el … de ……………….. del año….,
desempeñándose como ………….., Puesto Numero ……….., con una jornada de ……….. (a.m.
o p.m.) a …. (a.m. o p.m.), devengando
actualmente L ………….., 4) ………………… el … de ……………….. del año…., desempeñándose como
………….., Puesto Numero ……….., con una jornada de ……….. (a.m. o p.m.) a …. (a.m. o p.m.), devengando actualmente L …………..,
y …...
Todos ellos se han desempeñado en el Hospital Regional
del Norte del IHSS en esta ciudad, y en cuanto a los salarios indicados,
algunos han tenido aumentos, lo que se acreditara su exactitud en la ejecución
de las pruebas.
SEGUNDO:
Mis
representados, todos Doctores en Medicina y Cirugía, como profesionales de la
medicina empleados, con su actividad personal han contribuido a la realización de los
fines y objeto de creación del IHSS, ente estatal que regula la seguridad
social de sus afiliados.
La continuada subordinación y dependencia de
mis representados respecto a su patrono (IHSS), resulta incuestionable por cuanto ellos tienen la
obligación de prestar sus servicios médicos no a la manera del profesional que
atiende a su clientela particular, o a trabajadores de una empresa que le son
enviados irregular o esporádicamente, pudiendo dejar de atenderlos sino como deber laboral que se exterioriza de
manera periódica. Todo ello además mediante una remuneración fija, como dije,
mis representados contribuyen a la realización de los fines del IHSS; sus
servicios no conservan la independencia característica de las actividades
liberales sino que se subordinan a la dirección del patrono y determinan una vinculación dependiente, propia del
ámbito de la legislación del trabajo.
La subordinación o dependencia aceptada por mis representados hacia el IHSS, no ha
sido factor que mire al tiempo en el sentido de exigir que la facultad
ordenativa y vigilante se ejerza a cada momento o de manera interrumpida, sino
que consiste en la permanente posibilidad
jurídica del patrono para darles órdenes y vigilar su cumplimiento en
cualquier instante de la ejecución del contrato, y en la constante disposición del trabajador para obedecerlas
obligatoriamente.
La sujeción a horarios y reglamentos, no es requisito que mis representados estén
efectivamente sometidos a ellos, sino que
basta la posibilidad jurídica existente en el IHSS para imponérselos. Ellos
han mantenido una relación con dicho ente, duradera y permanente de carácter
eminentemente personal, establecida a base de lealtad y confianza reciprocas
que los une en una relación de trabajo.
TERCERO: Durante la permanencia y continuidad de cada uno de
mis representados, desde la fecha que dio inicio la relación de trabajo, se les ha venido pagando sus salarios por el
sistema de planilla, deduciéndole derecho a seguro social y la de
deducción del impuesto sobre la renta
como retención en la fuente. Se le ha pagado sus derechos de vacaciones,
séptimo día, decimo tercer y cuarto mes.
Su labor ha sido en forma interrumpida desde la fecha indicada en el hecho primero
de esta demanda, en que dio inicio su relación de trabajo. Asimismo, todos han
rendido su declaración de bienes al momento de su ingreso a su puesto de
trabajo en el IHSS y la de su salario o aumentos que reciban durante su
permanencia en su puesto.
Desde la fecha que dio inicio a su relación de
trabajo, mis representados han realizado su actividad en forma personal; con
una continuada dependencia y subordinación al IHSS, recibiendo y cumpliendo órdenes
en todo momento en cuanto a tiempo cantidad de trabajo horarios de trabajo,
horas extraordinarias, vestuario y cualquiera otra impuesta mediante las
circulares o notas emanadas de la Dirección y/o departamento de Recursos
Humanos. Y desde luego, a cambio de un Salario
para su manutención de él o ella y la de su familia con las deducciones de ley
como antes se ha dicho y por ello deben
ser protegidos por la ley.
CUARTO:
El IHSS ha
venido contratando a mis representados como medico empleados por tiempo
determinado o por servicios profesionales. En el acta de investigación de un inspector
de trabajo y en el de conciliación el IHSS por medio del departamento de
Recursos Humanos y de su apoderado, tácitamente aceptan la relación de trabajo
pero su permanencia la someten a un Concurso de Puestos para su ingreso, no
obstante todos mis representados tienen ya una considerable antigüedad y reúnen
todos los elementos de un contrato individual de trabajo establecidos en el
artículo 20 del Código del Trabajo expresados en el hecho anterior o Tercero de
esta demanda. Es decir, ya tienen la protección de la Constitución de la
República y el Código de Trabajo que en su artículo 47 regula esta situación
así: “Los contratos relativos a labores que por su naturaleza sean
permanentes o continuas en la empresa se considerarán como celebrados por tiempo indefinido aunque en ellos se
exprese término de duración, si al vencimiento de dichos contratos subsiste la causa que le dio origen a la materia del trabajo para la
prestación de servicios o la ejecución de obras iguales o análogas.
El tiempo de servicio se
contará desde la fecha de inicio de la relación de trabajo, aunque no coincida
con la del otorgamiento del contrato por escrito.
En consecuencia, los contratos a plazo tienen carácter de excepción y solo pueden celebrarse en los
casos que así lo exija la naturaleza accidental o temporal del servicio que se
va a prestar o de la obra que se va a ejecutar.”
Es decir, el IHSS debe probar ese carácter de
excepción, porque la regla general es que todos los contratos individuales de
trabajo son por tiempo indefinido. En adición, las disposiciones del Código de
Trabajo son de orden público, y las relaciones de los empleados del IHSS están
reguladas por dicha ley laboral. Previamente el IHSS con sus actuaciones,
reconoció y aceptó tácitamente esta condición de empleados permanentes a mis
representados, tal como lo expresé en el hecho segundo de esta demanda, pero a
pesar de ellos se niega a reconocer mediante el otorgamiento del
correspondiente contrato individual de trabajo escrito y la antigüedad desde la
fecha de inicio de la relación de trabajo, es por ello que se han visto con el
deber de promover esta demanda, para que sea reconocida mediante sentencia su
estabilidad laboral y continuidad laboral.
QUINTO:
A solicitud del
suscrito en representación de los trabajadores, en fecha ….. de ……………….. de ………,
la Inspectora de Trabajo …………….., siguiendo instrucciones de la Supervisión
Regional del Trabajo, se constituyó en el centro de trabajo del INSTITUTO HONDUREÑO
DE SEGURIDAD SOCIAL, Boulevard del Norte de esta ciudad, para dar fe de las
labores de naturaleza permanente o continua de los hoy demandantes dentro de
ese esa entidad, ya que hasta esa fecha se seguían desempeñando en sus puestos
de atención médica en distintas especialidades, y al efecto el señor ……………………
en su condición de Inspector de Personal del IHSS, expresó que el personal médico, ya sea general o
especialista debía hacerse por la vía del concurso. De esa forma el
representante del IHSS, omitió referirse a lo establecido en el artículo 47 del
Código del Trabajo que es el fondo del reclamo laboral. De todo lo actuado y
constatado levantó acta dicha inspectora. Acompaño fotocopia autenticada de
dicha acta, lo mismo que de la solicitud de nombramiento de inspector de la
misma fecha.
SEXTO: En fecha … de ……………
de ….. en esta ciudad y ante la abogada ……………, Procuradora del Trabajo de la Secretaría de Estado en los despachos del
Trabajo y Seguridad Social, se celebró Audiencia de Conciliación compareciendo
el suscrito en representación de los médicos empleados y la abogada ………………., en
representación del IHSS, Resolviendo Tener
por NO CONCILIADA audiencia, dándose por agotado el Procedimiento Gubernativo
tal como lo establece el artículo 691 reformado del código de Trabajo, dejando
en libertad a la parte reclamante para que pueda ejercer su reclamo ante la
instancia judicial correspondiente.
Acompaño la fotocopia autenticada de la referida acta
y de la citación al IHSS para audiencia de conciliación a celebrarse el … de ……………..
de ………, que acredita el agotamiento del
procedimiento gubernativo que manda la ley para poder demandar a las
instituciones autónomas.
RELACION DE LOS MEDIOS DE PRUEBA
Para acreditar los extremos de la demanda se harán
valer los siguientes medios de prueba:1. Documentos Públicos.
2. Documentos privados.
3. Interrogatorio de las partes.
4. Medios técnicos de reproducción del sonido y de la imagen.
5. Testifical.
6. Reconocimiento judicial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Fundo la presente demanda en los artículos: 128, 129, 134,
136, 303, 304, 321 de la Constitución de la República; 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 18,
19, 20, 21, 23, 25, 26, 27, 29, 30, 46 letra a), 47, 48, 49, 50, 52 párrafo
final, 113, 345, 346, 360, 361, 664, 665, 666, 667, 690, 703, 704, 705, 706, 715,
717, 720, 722, 727, 729, 730, 858 todos del Código de Trabajo. Decretos que
regulan el pago del decimotercero y
decimocuarto mes; 81, 82 y 251 del Código Procesal Civil; 7 y 8 número 5) de la
Ley del Estatuto del Médico Empleado y su Reglamento.
CUANTIA DE LA DEMANDA
La cuantía es INDETERMINADA, porque lo que se demanda
es el reconocimiento de antigüedad y estabilidad en el trabajo, y como
consecuencia de este reconocimiento, que se les otorgue a los demandantes la
plaza permanente en los puestos que han venido desempeñando por varios años y
el pago de costas del juicio.
PETICION
Al Juzgado de Letras del Trabajo con todo respeto
PIDO: Admitir esta demanda con las copias simples y los documentos acompañados;
que se le notifique a la Procuradora Regional del Trabajo esta demanda y todas
las resoluciones que en este juicio recaigan para darle cumplimiento al
Artículo 713 del Código de Trabajo; ordenar la citación y emplazamiento del
demandado Instituto Hondureño de Seguridad Social, a través de su Director
Ejecutivo Doctor …………………., para lo cual se
solicita el auxilio judicial mediante el libramiento de exhorto al Juzgado de
Letras del Trabajo de Francisco Morazán, para que conteste esta demanda dentro
del término establecido por la Ley, haciéndole entrega de la copia simple de la
demanda, de la cédula de citación y la formal advertencia que si no la contesta
dentro del referido término se le seguirá el juicio en rebeldía; contestada o
no esta demanda y en caso de no allanarse a las pretensiones de mis
representados, señalar la audiencia de conciliación para que con la asistencia
de la señora Juez se intente un arreglo y si ese intento conciliatorio fracasa
declara abierta y en curso la audiencia primera de trámite para proponer los
medios probatorios y segunda audiencia para la práctica de las pruebas
propuestas; agotar el juicio en todas sus incidencias y en definitiva dictar la
sentencia declarando CON LUGAR LA DEMANDA, condenando al INSTITUTO HONDUREÑO DE
SEGURIDAD SOCIAL a Reconocer a favor de los demandantes la estabilidad o
permanencia y antigüedad o continuidad en el trabajo, y a otorgarles las plazas
que han venido desempeñando por varios años con carácter de permanentes, con
jornada completa, y al pago de las costas del juicio; tenerme como apoderado
judicial de los demandantes con las facultades que constan en la Escritura
Pública de Poder especial para Pleitos
que en original y fotocopia acompaño, para que una vez cotejados esos dos documentos
y comprobar que el texto es idéntico, se me devuelva el original.
San Pedro Sula, Cortés, …. de …………… del …….
Firma y sello del apoderado legal
Gracias abogado Cool por su especial aporte a los nuevos profesionales de la carrera de Derecho
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